Cambio de Características del vehículo

tramite para Cambio de Características vehiculo

Procedimiento físico y mecánico mediante el cual un vehículo automotor puede ser modificado con el fin de cumplir una función diferente o mejorar su funcionamiento, higiene o seguridad.

Derechos del trámite

  • Cambio de Carrocería – Carro, Moto: $ 153.500
  • Conversión a Gas Natural: $ 153.500
  • Transformación Remolques y Semirremolques por adición o retiro de ejes: $ 153.500

Requisitos

  1. Para adelantar el  trámite las personas naturales o jurídicas deben estar debidamente inscritas en el sistema RUNT.
  2. Presentar original del documento de identidad. Para nacionales mayores de edad: Cédula de ciudadanía- contraseña*. Para menores de edad, tarjeta de identidad, contraseña* Para extranjeros mayores de edad: Cédula de extranjería o contraseña certificada (provisionalmente) o, pasaporte vigente.
  3. Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado.
  4. Documento que pruebe el cambio de característica a modificar con improntas** adheridas. Si el cambio de característica no tiene documento de soporte, las improntas** del vehículo se adherirán en el formulario de solicitud de trámite.
  5. SOAT vigente incorporado en RUNT.
  6. Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.
  7. Pago de los derechos del trámite en los puntos de atención (ventanillas del banco).
  8. En el caso de persona jurídica, se verifica Existencia y Representación Legal en el sistema RUES.
  9. Cuando el trámite(s) por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar el contrato de mandato, poder general o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante. Si la autorización se lleva a cabo mediante poder especial, este debe tener presentación personal ante una notaría pública.

*Según la Circular N° 222 del 13 de diciembre de 2016, emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en la actualidad existen tres clases de comprobantes de documento en trámite: La Contraseña, el Comprobante de Documento en Trámite que físicamente expide la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Comprobante de Documento en Trámite con código de verificación QR vía web.

**Para las improntas que son de difícil acceso se recibe certificación expedida por la DIJÍN.

Casos especiales

Para adaptación de vehículos de enseñanza automovilística

  • Copia simple de la tarjeta se servicio de vehículo de enseñanza automovilística, expedida por el Ministerio de Trasporte.
  • Los vehículos deben ser de propiedad del Centro de Enseñanza Automovilística o en arrendamiento financiero o Leasing a favor del Centro de Enseñanza Automovilística.

Para conversión a gas natural vehicular

  • Documento a través del cual el taller autorizado por la entidad competente hizo la conversión a gas, donde se adjuntarán las improntas*. El organismo de tránsito procede a verificar las improntas* y a confrontar que el taller se encuentre registrado en el sistema RUNT.
  • Por un término de dos (2) años, contados a partir del día 24 de julio de 2015 y para el caso de propietarios de los vehículos, que hubiesen realizado el cambio de combustible con anterioridad al 24 de julio de 2015 y no lo hayan registrado ante el Organismo de Tránsito  respectivo,  se  requiere  que  el  resultado  impreso  de  la  última  revisión técnico-mecánica realizada y aprobado por un centro de Diagnostico Automotor debidamente habilitado por el Ministerio de Transporte, en la que conste que la revisión hecha se hizo al vehículo convertido.

Nota: Lo anterior no excluirá a los propietarios de los vehículos de dar cumplimiento a las condiciones técnicas determinadas por el gobierno nacional para la realización de conversión de vehículos a gas natural.

*Para las improntas que son de difícil acceso se recibe certificación expedida por la DIJÍN.Para cambio de carrocería

  • Factura de compra o el contrato de compraventa que acredite la procedencia de la carrocería.

Ficha técnica de homologación de la nueva carrocería, la cual debe estar homologada para el chasis del vehículo al que se le pretende instalarla cual debe estar registrada en RUNT.

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