Es la expedición, renovación de la tarjeta de operación; o duplicado o expedición de la misma por cambio de empresa para los vehículos de servicio público de transporte individual o colectivo de pasajeros.
Derechos del trámite
- Vehículos de transporte público: $ 32.000
Requisitos
- Solicitud suscrita por el representante legal de la empresa o persona natural adjuntando la relación de los vehículos, indicando clase, marca, modelo, placa, capacidad y tipo de combustible, para cada uno de ellos. En caso de renovación, duplicado por pérdida o cambio de empresa, se deberá indicar el número de Tarjeta de Operación anterior.
- Certificación suscrita por el representante legal de la empresa sobre la existencia de los contratos de vinculación vigentes de los vehículos.
- Fotocopia de la licencia de tránsito de los vehículos.
- Seguro obligatorio (SOAT) vigente a la fecha de radicación, incorporado en el RUNT.
- Si el vehículo ya cumplió dos (2) años contados desde la fecha de su matrícula, debe tener revisión técnico mecánica y de gases vigente, expedida por un Centro de Diagnóstico Automotor (CDA) autorizado por el Ministerio de Transporte y registrado en RUNT.
- Certificación de la compañía de seguros, en la que conste que los vehículos están amparados en las pólizas de responsabilidad civil contractual y extracontractual tomadas por la empresa.
- Pago de los derechos del trámite, los cuales se cancelan en puntos de atención.
- Para vehículos de servicio público individual (Taxi), el vehículo debe figurar como censado.
- Para expedición de tarjeta de operación por cambio de empresa se debe allegar carta de aceptación de la nueva empresa y paz y salvo de la empresa de la cual se desvincula.
- En caso de renovación, duplicado por pérdida o cambio de empresa, deberá indicarse el número de la tarjeta de operación anterior.
- Para la renovación de tarjetas de operación de vehículos de servicio público individual (Taxis), la empresa afiliadora debe formular la solicitud de trámite con mínimo un (1) mes de anticipación al vencimiento de la(s) tarjeta(s) de operación.
- Para renovación de tarjetas de operación de vehículos de servicio público colectivo o masivo, la empresa afiliadora debe formular la solicitud de trámite con mínimo dos (2) meses de anticipación al vencimiento de la(s) tarjeta(s) de operación.
- Para vehículos de servicio público colectivo de radio de acción urbano, el usuario debe acreditar el pago de derechos de capacidad transportadora.
- Poder especial o contrato de mandato. Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar el contrato de mandato (poder general) o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.
- Poder especial o contrato de mandato cuando el trámite no se realice directamente por el interesado.